| Indice del artículo |
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| Unidad Técnica de Evaluación |
| Funciones de la Unidad |
| Funciones del Evaluador |
| Organización |
| Periodicidad de realizar las evaluaciones |
| Manual de Evaluación |
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PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD TECNICA DE EVALUACIÓN
De acuerdo con los artículos 66 al 74 de la LCNJ la Unidad Técnica de Evaluación será responsable de recabar y procesar la información indispensable para la evaluación de los funcionarios del Órgano Judicial. La información comprenderá las actividades puramente administrativas del Tribunal y las propias de la administración de justicia, indicadas en la Ley. También le corresponde a la Unidad Técnica de Evaluación el seguimiento permanente de la evolución de los Juzgados y Tribunales en la forma que se establezca en el manual.












