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Categoría: Selección
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PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD TÉCNICA DE SELECCIÓN, SEGÚN EL ARTÍCULO 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL CNJ.
- "Desarrollar las actividades necesarias para garantizar la objetividad e igualdad de oportunidades en la selección de Magistrados y Jueces, así como la idoneidad de los mismos".
- "Mantener actualizados el Registro de Abogados autorizados y el Registro Especial de Abogados Elegibles, así como los demás que ordena la Ley y el Reglamento del CNJ".
- "Administrar los Procesos Técnicos de Promoción, Reclutamiento y Selección para someter al Pleno las nóminas de precandidatos para Magistrados de la CSJ, así como el nombramiento de Magistrados de Cámaras de Segunda Instancia, Jueces de Primera Instancia y Jueces de Paz, aplicando las reglas que sobre ascensos y traslados prescribe la ley de la Carrera Judicial".
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